DESPOBLACIÓN

 

LOS DESPOBLADOS SORIANOS
© Isabel Goig Soler

© El trabajo sobre los Despoblados Sorianos para nuestras páginas es propiedad intelectual de Isabel Goig Soler

 

Peñazcurna

Despoblado perteneciente a San Pedro Manrique

Rodeado de pueblos deshabitados -Villarijo, Vea y Acrijos- el también despoblado de Peñazcurna se ha ido convirtiendo con el paso del tiempo en un lugar inaccesible por culpa de la vegetación -espinos especialmente- que campa a sus anchas. Fue siempre un pueblo pequeño con pocos habitantes, siete vecinos y dos viudas (Catastro Ensenada, mediados siglo XVIII). Ya por esas fechas había bajado la población, pues eran catorce las casas que componían el caserío, cuatro de ellas vacías y dos en estado de ruina. Y unos años más tarde, como vemos en el texto líneas abajo, había subido la población a 15 vecinos. 

En 1796, Miguel Martínez (recogido por Gervasio Manrique en “Datos para las Historia de la Villa de San Pedro Manrique”), escribía sobre Peñazcurna: “Aneja a San Martín [la iglesia], su titular es Santiago el Mayor, anejo de Vea; tiene 15 vecinos. Hace mucho que salió de este pueblo un chico, que vino carta pidiendo su fe de bautismo y preguntando por su estirpe para hacer una información por haber muerto en opinión de Santo, de una religión sin poder decir su fe religiosa, franciscano o de otra Orden. Cuando vino la carta y supe el contenido y la respuesta que dio el cura de Vea, ya había muerto el prelado que la pedía, pero la conservo en la memoria”. 

Muy pocos documentos se conservan en el Archivo Histórico provincial relativos a Peñazcurna. Con fecha diciembre de 1824 encontramos uno que hemos transcrito como aportación a la historia de este pequeño pueblo. Se trata de la solicitud al Ayuntamiento General de Villa y Tierra, para la construcción de un lavadero “un edificio para limpiar la ropa que se titula Batán, el cual contemplan los exponentes no puede parar perjuicio alguno a la dicha Comunidad y sí de utilidad y provecho a los vecinos de dichos lugares (Villarijo y Peñazcurna) y otros pueblos”. Sólo una vez, la anterior referida, lo nombran “lavadero”, en el resto del documento siempre tratan de “vatan”, lo que, en principio, nos llevó a confusión. Preguntamos a personas de la zona y nadie, pese a que la fecha no es lejana en exceso, recordaba el artefacto necesario para efectuar las labores de bataneo. El hecho de que el paraje, sobre el que se solicita permiso para la construcción del lavadero se denomine “batán”, podría significar que existió, pero tal vez en fechas tan remotas que el recuerdo de él se haya perdido. 

Aquí el documento. 

Informe, encolumnado, a la izquierda del documento: El Lugar de Villarijo si le perjudica la formación del edificio que se expresa. Así lo acordaron como también de no seguírsele a dicho pueblo perjuicio alguno, quedan los exponentes edificar el edificio para lo que se les da facultad pagando a esta comunidad lo que corresponda precedida la tasación, y se da facultad y comisión para ello a Manuel Martínez, regidor de Tierra y a Juan Martínez, procurador síndico general, y lo firmaron dichos en esta villa de San Pedro y dicho mes de 1824. de lo cual yo el escribano doy fe. 

Muy ilustre Ayuntamiento General de Villa y Tierra.

Señores:

Manuel Pérez y Josef Calvo vecinos el primero del lugar de Peñazcurnay el segundo de Villarijo, A.L.P. De V.S. Con el más profundo respeto, exponen y dicen: Que en los baldíos de esta Comunidad y término de dicho lugar de Villarijo llamado la Puente del Bao y barranco de la Chena consideran el poder hacer un edificio para limpiar la ropa que se titula Batán, el cual contemplan los exponentes no puede parar perjuicio alguno a la dicha Comunidad y sí de utilidad y provecho a los vecinos de dichos lugares y otros pueblos, en esta atención =

A V.S. Suplican se sirvan conceder a los citados la licencia necesaria para poderlo edificar  dicho edificio pagando a esta Comunidad lo que fuere justo y equitativo, lo cual esperan de la bondad de V.S. Y que los suplicantes recibirán merced. Villarijo y diciembre de 1824. 

Venta 19 de diciembre de 1824 otorgada por los regidores del Ayuntamiento General de Villa y Tierra a favor de Manuel Pérez, de Peñazcurna, y a José Calvo, de Villarijo.

En la Villa de San Pedro Manrique a diecinueve de diciembre de mil ochocientos y veinticuatro, ante mi, el escribano de número de la misma y testigos que se expresarán parecieron presentes don Mateo Pérez, regidor decano, Manuel Ruiz que lo es en segundo lugar; Juan Martínez, procurador síndico general; don Ildefonso Alfaro que lo es por su estado noble; Juan Pedro León, por el Estado llano; Manuel Martínez, vecino de Villarijo, regidor de la Universidad de Tierra; Bartolomé Berdonces, procurador del Sexmo de Huérteles; Vicente Ridruejo, vecino de San Andrés y ¿síndico? Del Sexmo de Oncala; Manuel Calvo, de Sarnago, procurador del Sexmo de Carrascales; y Domingo Marqués, de Baldemoro, que lo es del Sexmo de Bea, a quienes doy fe conozco y dijeron: que Manuel Pérez, vecino de Peñazcurna, y José Calvo, de Villarijo, presentaron memoria al Ayuntamiento general en primero del corriente solicitando se les vendiese cierto terreno sito en el término de dicho Villarijo para fabricar un edificio de vatan y por decreto de tres del mismo se mando informar al Concejo de este último pueblo, que así lo hizo en el día cuatro, expresando no perjudica a la Comunidad la venta de él; y en su derecho se comisionaron a los citados regidor de Tierra y procurador síndico para que ejecutasen la medición y tasación de dicho terreno, según todo muy por menor resuelva de las citadas diligencias, las cuales para mayor valuación de este ayuntamiento e inserción en las copias que de él se dieron, a la letra dicen así: 

En su consecuencia los señores que van expresados, que componen el Ayuntamiento General de esta Villa y Tierra, por sí mismos y en nombre de la que representan, mediante haber precedido los oficios correspondientes a todos los pueblos de ella y estar conformes en que se proceda a la venta del terreno referido, otorgan por la presente que venden y dan en venta real, por juro de heredad, desde ahora para siempre jamás a Manuel Pérez, vecino de Peñazcurna, y José Calvo que lo es de Villarijo, para ellos, sus hijos, herederos y sucesores, para quien quisieren y por bien tuvieren, es a saber: doscientas y treinta y ocho varas de longitud para que hagan y formen la acequia para conducir el agua hasta el edificio vatan que intentan hacer, que dan principio desde el río en el término que llaman La Puente del Vado, siguiendo la solana abajo, dando la vuelta por el barranco que baja de Acherra o Achena y sigue hasta el sitio de dicho vatán, más ciento y noventa y seis varas en cuadro para la fábrica de éste, con la condición de que la anchura de dicha aceqina (sic) ha de ser de dos varas de anchura poco más o menos, sin que alinde  a ninguna propiedad de los vecinos del dicho Villarijo, cuyo terreno así deslindado y declarado se lo venden con las entradas y salidas que para formar el edificio se puedan corresponder, sin que se puedan apropiar de más terreno que lo que va señalado, libre de toda carga, tributo, aniversario, censo ni otra especial y general, en precio de trescientos y cuatro reales de vellón, los que confiesan haber recibido de los compradores realmente y con efecto. Y porque su entrega y recibo de presente no paren por haber sido cierto y verdadero, renuncias las leyes (…)

 AHPSo. Protocolos Notariales. Caja nº 2734

 

Ruta de la Despoblación 2.-
      
Un paseo por el corazón del valle del Linares
     
Villarijo-Peñazcurna- Vea, por Félix Pérez Calvo

Ruta de la Despoblación 1.-
      El Norte de la Villa y Tierra de San Pedro
      Buimanco-Valdemoro- Armejún-Villarijo

Villarijo - Vea - Acrijos

San Pedro Manrique

Fotos de Despoblados

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