Sobre la
construcción de la Iglesia de San Millán, de Oncala
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En todos los libros y guías turísticas
consultadas, aparece quien fuera obispo de Valencia, nacido en Oncala,
Juan Francisco Ximénez del Río como el promotor de la construcción de la
iglesia de San Millán, además de regalar una serie de tapices que
cuelgan, restaurados, de sus paredes. El siguiente documento no
desmiente esa promoción, pero da a conocer cómo los oncaleses debieron
señalar un borreguil para que lo disfrutaran los ganaderos, con
condiciones, a cambio de cinco mil reales que colocarían en el Archivo
de la Iglesia “siendo al presente necesarios e inexcusables para
concluirla y poder echar aguas fuera, porque de lo contrario se exponía
a una ruina, para precaver semejante perjuicio y otros agravios que
podían resultar en la detención de dicha fábrica y redimir la vejación
de tener que enajenar una de las capillas de la referida iglesia y otros
inconvenientes”. Podría ser que el patrocinio fuera del obispo Ximénez
del Río, incluso que pagara una parte de ella, pero desde luego, como se
comprueba en el siguiente documento, fueron los vecinos quienes
afrontaron los gastos de una parte de ella. Incluso hace una observación
muy significativa, y es el evitar que se enajenara una capilla a nombre
de algún personaje importante, que no nombran, por considerarlo “una
vejación”. El documento nos indica también que es en el año 1756 cuando
se estaba construyendo y que lo hacían Mateo de Ysla, vecino del Valle
del Buriezo, y Miguel y Pedro Brieba, vecinos de San Pedro Manrique eran
los maestros de la obra y la fábrica.
Aquí el documento:
En Oncala, 12-10-1756
Juntos y congregados el regidor y vecinos
de que se compone el Concejo de dicho lugar, en la Casa Consistorial,
convocados a son de campana tañida, “según y como lo tienen de uso y
costumbre”. Especialmente: Blas Muñoz, regidor actual; Juan José Ximénez,
Francisco José Ximénez, Pedro Pérez, Pedro Ximénez, Pedro Redondo, Cosme
Muñoz, Manuel Ximénez, Marcos Ximénez, Juan de Elvira, Miguel García,
Diego Vallejo, Francisco Mainez, Custodio Martínez, Fausto García,
Antonio Crespo, Bernardo Pérez, Pedro Marín, Juan Martínez Mozún, José
Saenz Hidalgo, Antonio Ximénez e Isidro Sáenz Hidalgo (...) Dijeron que
la obra y fábrica de la iglesia de este lugar, que están haciendo de
planta, les es más costosa de lo que les pareció antes de dar principio,
y no tener caudales bastantes para los precisos gastos de dicha obra,
siendo al presente necesarios e inexcusables para concluirla y poder
echar aguas fuera, porque de lo contrario se exponía a una ruina, para
precaver semejante perjuicio y otros agravios que podían resultar en la
detención de dicha fábrica y redimir la vejación de tener que enajenar
una de las capillas de la referida iglesia y otros inconvenientes, de
una unión y conformidad se convinieron en señalar y aceptar en la dehesa
boyal que tiene propia y privativa este lugar, para un borreguil del
camino arriba que llaman “el Mirón”, de este la portera que entra el
Camino Real por la fuente de El Espino, siguiendo el Camino Real
adelante hasta salir por la portillera de la Cruz de la dehesa, dejando
todo el goce del Camino Real a el Borreguil para que aportando por él
desde hoy para dicha obra y fábrica la cantidad de cinco mil reales de
vellón poniéndose por cualquiera de los vecinos de este lugar en el
archivo de la iglesia en parte segura para sus precisos gastos, pueda o
puedan entrar sus ganados finos al goce pasto y aprovechamiento de dicho
sitio señalado y acotado por el tiempo de cinco años en que se convienen
y quieren lo gocen y usufructen los que anticiparon dichos cinco mil
reales hasta por cantidad según lo que cada vecino aportare, puedan
entrar las cabezas que le correspondieren en cada uno de dichos cinco
años, que darán principio en el agosto del año que viene de 1757 (…) y
mediante que su convecino don Juan Francisco Ximénez Barrio se halla
ausente, para sí como ganadero que es, quisiere parte, se le haya de dar
como también a otro cualquiera vecino ausente que pidiere parte,
aportando y poniendo en dicho Archivo dichos cinco mil reales de lo que
le correspondiere a la parte que quisiere y pudiere (…)
Es condición que al mismo tiempo puedan
pastar en dicho acoto los ganados mayores, yeguas y reses vacunas de
todos los vecinos como se acostumbra libremente sin que se careen ni
puedan echar fuera de dicho coto por el pastor o guarda de los borregos,
pena de que por el contrario se pueda castigar por el regidor.
Es condición que no ha de poder entrar el
ganado lanar coto hasta las 24 horas que haya entrado el ganado mayor de
los vecinos después de desvedada dicha dehesa.
Es condición que los vecinos que anticipen
dichos cinco mil reales han de poder entrar en el referido coto y sitio
señalado el número de 400 cabezas de lana después de las 24 horas que se
haya desvedado para el ganado mayor y no han de poder entrar oveja mayor
ni carneros teniendo corderos (?) cada un año quedando después a
beneficio del ganado mayor. Es condición que el pastor que guardase el
ganado de lana ha de pagar por cada res que dejase entrar de los mojones
del borreguil acotado dentro de la dehesa un cuarto de día y dos de
noche de cada res de lana y en llegando a treinta la pena de cinco
cabezas según la costumbre de la ejecutoria que tienen de dicha dehesa y
no han de poder pedir tasación ni llamarse a posesión cumplidos dichos
cinco años, señalados para la remuneración y pago de los cinco mil
reales, a razón de mil reales en cada un año, que regulan y consideran,
aunque no valga tanto, por vía de limosna para los precisos gastos de la
obra y fábrica de dicha iglesia.
Y con estas condiciones, dicho Juan José
Ximénez, su vecino y ganadero trashumante, entregó al referido Blas
Muñoz, regidor actual de este lugar y demás vecinos, los nominados cinco
mil reales para la obra y fábrica de la dicha iglesia y redimir la
vejación de enajenar alguna de sus capillas, los que dio y entregó en el
acto y otorgamiento de esta escritura, de cuya entrega y recibo pidió al
infrascrito escribano diese fe; y yo el escribano la doy de que a mi
presencia y la de los testigos de este instrumento, el nominado Juan
José Ximénez dio y entregó al citado Blas Muñoz, regidor actual, en
nombre y a presencia de los demás vecinos, dichos cinco mil reales de
vellón en monedas de oro y plata corrientes en Castilla (…).
Que los dichos cinco mil reales sean para
los gastos de la obra y fábrica de dicha iglesia y que para eso estén y
se pongan en poder de dicho regidor y en el del cura y mayordomo de
dicha iglesia para pagar a dicho Barrio como tres mil reales de vellón
que tendrá puestos para dicha obra con el fin de que se le haya de dar
una capilla con licencia del ordinario (…)
Así lo dijeron y otorgaron, con el poderío
de Justicias competentes y renunciaciones de leyes, capítulos y
privilegios, en derecho necesarias, ante mi el escribano de S.M.
Testigos que fueron presentes Mateo de Ysla, vecino del valle de Buriezo;
Miguel Brieba y Pedro Brieba, vecinos de la villa de San Pedro, maestros
de la obra y fábrica de dicha iglesia y los otorgantes.
Archivo Histórico Provincial de Soria.
Caja 2717-4612
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