(La foliación que se presenta corresponde al libro microfilmado en el Archivo Histórico Provincial de Soria, C-79)
3 de Enero de 1691. Integrantes del cabildo de la colegial de San Pedro:
D.Mateo Pérez Martínez, deán
D.Alonso García Hidalgo, chantre
D.Jacinto García Hidalgo, tesorero
D.Francisco Fernández Porto / de Oporto, prior
D.Mateo Moreno de Cisneros, maestrescuela
D.Manuel de Barnuevo, D.Francisco Latorre y Río, D.Andrés Gómez, D.Juan Martínez de Royo y Cisneros, D.Juan Recio Jaramillo, D.Diego Ortiz de Garay y Forte, D.Bernardo Pérez de Orozco, canónigos
D.Pedro Sotomayor, D.Francisco Zamudio y Ugarte, D.Francisco Pérez, D.Juan Rioja y Vela, racioneros
6-6-1691 (folio 46v).
Nombraron maestro de capilla al licenciado Sebastián de Chavarría natural de Monteagudo de ese obispado
.
21-7-1691 (folio 47).
La Ciudad manda unos comisarios para participar al cabildo de la Colegial que
en atención de caer la fiesta de San Saturio en dos de Octubre, tiempo en que ya comienza [a] hacer frío, le había parecido sería más conveniente para lograrla, que participasen a este cabildo si gustaban que nuestro patrón San Saturio se trujese (sic) el día primero de Septiembre próximo que viene, y que el domingo siguiente [día 2] se le dijese la misa con sermón, y el día cinco fuese la corrida de toros.
Y habiéndose salido dichos sres comisarios convinieron estos sres se haga lo que la Ciudad pide.
17-8-1691 (folio 48v).
Al maestro de capilla le llaman licenciado Sebastián de Remacha, al cual se le otorga una capellanía que estaba vaca y a la que sólo opositaba él, y a continuación se hace constar:
Asimismo acordaron sus mercedes que el viernes siguiente que habrá cabildo general el sr deán haga saber al dicho cabildo, cómo el licenciado don Sebastián de Remacha está nombrado por maestro de capilla, y como tal goza del título honorífico de racionero con silla alta en esta iglesia, y subsiguientemente debe preferir a los curas en las procesiones, como lo habían hecho sus antecesores, y todo consta así de los libros de actas capitulares de este cabildo, como de los del general.
Versión del cabildo de la colegial de San Pedro
3-9-1691 (folio 49).
Se trata en el cabildo sobre los problemas surgidos en la procesión por el lugar ocupado por el maestro de capilla que hizo que buena parte del cabildo general abandonase la procesión.
En la ciudad de Soria, en la santa iglesia de sr San Pedro, el lunes pasado que se contaron tres de septiembre de noventa y uno, se juntaron los sres /.../ doctor don Mateo Pérez Martínez deán, don Alonso García Hidalgo chantre, don Jacinto García Hidalgo tesorero, don Francisco Porto prior, don Mateo Moreno de Cisneros maestrescuela, don Manuel de Barnuevo, don Francisco Latorre y Ríos, don Andrés Gómez, don Juan Martínez del Royo y Cisneros, don Juan Recio Jaramillo, don Diego Ortiz de Garay y Forte, don Bernardo Pérez de Orozco, canónigos, don Pedro de Sotomayor, don Francisco Zamudio, don Francisco Pérez, don Juan Rioja, racioneros, todos capitulares de este cabildo, y así juntos, el señor deán dijo a sus mercedes los había suplicado se juntasen para que viesen y conferenciasen la resolución que más conveniente sería tomar a este cabildo en lo sucedido en la procesión del día primero de este mes de la fecha, así con los curas, como con algunos particulares de la Ciudad, de que pidió a mí el presente secretario en aquel lance le diese testimonio; el cual, habiéndose leído, la instancia de él era como se sigue:
Estando para salir la clerecía toda de esta ciudad en procesión, que se compone de los prebendados de esta iglesia, curas y beneficiados, y capellanes de ella, sobre haberse puesto en el lugar que habían ocupado sus antecesores al maestro de capilla, en el acto de ir en tal procesión [a] por nuestro Patrón San Saturio, se habían inquietado los curas y salídose de la procesión la mayor parte de ellos, de que resultó nombrar la Ciudad dos capitulares, que fueron don Miguel de Torres y la Cerda [y] don Luis Zapata, para que viesen de qué procedía tal disturbio; y habiéndoles hecho saber el sr deán que sólo se originaba porque los curas y beneficiados no querían que el maestro de capilla ocupase el puesto que le tocaba como a racionero que era de esta iglesia y habían ocupado sus antecesores, como todo constaba así de los autos capitulares y de este cabildo como de los del general; y estando conferenciando entre dichos señores el medio que se tomaría para que los dichos curas volviesen y se prosiguiese la procesión, y no conformándose los dos comisarios de la Ciudad y [el] sr deán. A este tiempo don Alonso Sotomayor y don Diego [de] Mendoza regidores, y que asimismo iban en cuerpo de Ciudad, habían inquietádose y prorrumpido en palabras injuriosas a este cabildo, que todos, o los más de sus mercedes, las habían oído, y constaban del testimonio.
Y oído por todos estos señores, y conferenciado por largo espacio, acordaron todos unánimes y conformes, se nombrasen dos señores comisarios que fuesen a su ilustrísima con carta de este cabildo, y que por menudo le hiciesen noticioso de todo lo ejecutado por la Ciudad y curas, y le suplicasen se sirviese de mirar esta comunidad con todo cariño y con la consideración del lugar adonde se hizo la ofensa; y en caso de que su ilustrísima no quisiese sacar la cara contra los regidores, al punto que vuelvan los sres comisarios se pase a dar cuenta al Consejo. Nombráronse comisarios para ir al Burgo a los sres deán y canónigo Torre.
7-9-1691 (folio 50).
Habiendo presentado queja ante el obispo, éste dice al cabildo que
lo dejasen estar. Los de San Pedro acuerdan llevar el asunto al Presidente de Castilla.
Dijeron cómo habían pasado al Burgo según y como sus mercedes se lo habían ordenado, y que habiendo estado con el sr obispo y dádole la carta de este cabildo y hecho relación muy por menudo de lo que ejecutaron el día de la procesión don Alonso de Sotomayor y don Diego Enemesio de Mendoza, y de lo que los demás capitulares hacían cada día, según la innovación llevaban, que su ilustrísima les había insinuado lo dejasen estar y no hiciesen caso y que había sentido mal de haber puesto al maestro de capilla en la procesión.
(f.50v) Presentaron una carta del sr obispo que en sustancia contenía lo mismo, y visto por sus mercedes y conociendo que su ilustrísima, o por estar mal informado, o por no sacar la cara contra los dos regidores por ser capitulares de la Ciudad, y que de no hacer demostración alguna se tomarían para en adelante más mano, unánimes y conformes convinieron se informen con todo secreto de don Gaspar García y don Alonso Oporto qué medio será mejor, el recurso al Presidente de Castilla, o a Valladolid; y que esta diligencia la hagan los sres prior, magistral y presente secretario
12-9-1691 (folio 51).
Acudir personalmente al Presidente de Castilla y pedir al obispo de Málaga apoye la petición del cabildo soriano.
Hicieron relación de haber estado con los dos abogados, y que eran de sentir era más breve y menos costoso el que se compareciese en Madrid por sus comisarios con un memorial. Y oído por sus mercedes [acordaron] que el sr deán pasase a nombrar comisarios /... los comisarios lo aceptan y piden.../ que sus mercedes se sirviesen (f.51v) de mandar se les diesen una instrucción de lo sustancial que había de contener el memorial para que un abogado de Madrid, que procurarían fuese de los primeros, lo hiciese. Y sus mercedes acordaron que el sr prior, y presente secretario dispongan con los abogados.
Asimismo acordaron se den a dichos señores cartas para el sr Presidente de Castilla y fiscal del Consejo Real, y que se escriba al ilustrísimo sr don fray Alonso de Santo Tomás obispo de Málaga suplicándole escriba al sr Presidente, quien se sabe lo estima, para que patrocine a esta iglesia, y que las escriba el señor magistral.
20-9-1691 (folio 52).
Hacer
información ante el maestrescuela. En Madrid están también los comisarios del cabildo general.
Se leyó una carta de los sres chantre y Orozco escrita desde Madrid dando noticia han estado con don Felipe García de Zayas, uno de los primeros abogados de aquella corte, quien les dice que el memorial que den al sr Presidente se leerá en la Sala de Gobierno, y que se echará menos poder de este cabildo, que sus mercedes se le remitan con la mayor brevedad que sea posible, y que asimismo sería conveniente se hiciese información que se podía hacer ante el sr maestrescuela como juez eclesiástico; y dicho señor que presente estaba dijo que se buscasen testigos, que estaba pronto.
Otrosí piden se les remita testimonio de lo sucedido en aquel lance de la procesión con la fecha de aquel día; y el sr Ortiz se ofreció a remitirlo porque lo tenía hecho con el ánimo de que dichos sres lo llevasen.
Asimismo avisan de hallarse en aquella Corte don Pedro Espejo y don Juan Zapata, curas de San Salvador y La Mayor.
Este cabildo acordó se les (f.52v) escriba mañana sábado remitiéndoles los papeles que piden, y pidiéndoles no se descuiden y que estén a la mira de lo que ejecutan los curas, que se suponen van a quejarse de este cabildo de haber puesto en la procesión al maestro de capilla como para embarazar esta otra, como si lo uno con lo otro tuviera alguna dependencia.
17-10-1691 (folio 54).
Se ha dado orden al corregidor de hacer
información de lo sucedido. El obispo de Málaga se excusa de tomar parte.
Se leyeron dos cartas de los sres chantre y Orozco, en que hacen relación de haber recibido la información y testimonio que habían puesto en manos del secretario del sr Presidente, y que esperaban buen suceso porque todos aquellos ministros habían sentido muy mal del caso, y que habiendo estado con el sr Presidente y suplicádole se sirviese de dar cumplimiento a la desatención de aquellos caballeros contenidos en el memorial, les había respondido no habría tenido lugar el corregidor de hacer la información y que sería dificultoso hallar quien dijese contra los culpados, y que de todo daría cuenta en el Consejo; y que esperaban según les había insinuado no dejaría el corregidor de hacer alguna demostración; y que esperaban la ejecutaría sin aguardar más orden porque (f.54v) así se lo tenía ordenado el sr arzobispo; que se sirviesen de remitirles dinero.
Y visto por sus mercedes acordaron se les remitan 1.000 rs, y que esto y cuanto fuere menester se pida al sr Manuel Martínez, y que se les escriba dándoles las gracias, y que no omitan diligencia ninguna, y que se informen y si les pareciere conducente comparezcan ante su majestad con memorial.
Recibiose carta del sr obispo de Málaga en respuesta de la de este cabildo y en ella dice no acostumbra a escribir al sr Presidente en cosas tocantes a su gobierno, y que está por demás cualquiera recomendación a vista de la justicia que asiste a este cabildo.
26-10-1691 (folio 55).
No se logrará
paulina (carta de excomunión que se expide en el tribunal de la nunciatura) por ser causa criminal.
Se leyó una carta de los sres chantre y Orozco en que dicen no se logrará paulina para que digan en lo sucedido el día 2 del pasado, por ser causa criminal, y que para el buen éxito se necesita que la información que se hace de parte del cabildo ante el sr maestrescuela vaya compuesta de seis testigos eclesiásticos y tres seglares, y que ésta vaya cuanto antes; asimismo avisan habían estado con don Juan Pérez Martínez hermano del sr deán quien se había ofrecido [a] asistirlo en cuanto pudiese.
Y oído por sus mercedes acordaron se disponga buscar los testigos que piden, y que declaren ante el sr juez eclesiástico y que ésta se remita luego.
29-10-1691 (folio 56).
El Presidente de Castilla escribirá al corregidor de Soria para que los seglares no se entrometan en asuntos de eclesiásticos. El cabildo dice que si el Presidente se desentiende del caso lo pasarán a la Sala de Gobierno.
Se leyó una carta de los sres chantre y Orozco y en ella dicen han estado con el sr Presidente [de Castilla] quien les había dicho que el corregidor no había remitido la información, pero le había escrito que lo que pasó la tarde de la procesión no fue como se da a entender en el memorial que tenían presentado, respecto de lo cual no podía pasar a hacer demostración alguna; que le escribiría al corregidor que dispusiese que los seglares no se entremetiesen con los eclesiásticos; y que de la misma conversación habían conocido se hallaba influido del sr obispo, y de los dos curas de San Salvador y San Gil, cuyo ánimo no era otro que embarazar la queja del cabildo; y que en esta suposición importaría mucho la información con los seis testigos eclesiásticos y tres seglares; y que si de esto el sr Presidente (f.56v) no se dara (sic, diera) por entendido, pasarán a querellarse en nombre de este cabildo en la Sala de Gobierno, porque discurrían era punto [pundonor] del cabildo se verificase [que] era verdad cuanto habían propuesto en su memorial; y que para obviar dilaciones sus mercedes tomasen providencia y se respondiesen a sus cartas aquel mismo correo.
Y oído por sus mercedes acordaron que los sres deán, prior, magistral, y presente secretario, se junten y abran las cartas y respondan lo que les pareciere más conducente; y que ahora se les responda que en ninguna manera den querella, sí queja; que la información irá con toda brevedad, y que insten por que el corregidor envíe la información, que se persuaden ninguno jura falso.
3-10-1691 (PN-869-1374-339).
Carta de poder del cabildo al chantre y canónigo Orozco:
... estando presentes el doctor don Mateo Pérez Martínez deán, don Jacinto García Hidalgo tesorero, don Francisco Fernández Porto y Escalante prior, doctor don Mateo Moreno de Cisneros maestrescuela, don Manuel de Barnuevo, don Francisco de la Torre y Río, don Andrés Gómez, el doctor don Juan Martínez del Royo y Cisneros, don Juan Recio de Jaramillo, don Diego Ortiz de Garay y Forte, canónigos, don Francisco Zamudio y Ugarte, don Francisco Pérez, don Juan de Rioja Vila, racioneros, /.../ otorgamos todo nuestro poder cumplido, el que de derecho se requiere y es necesario, y más puede y debe valer a don Alonso García Hidalgo chantre, y don Bernardo Pérez de Orozco canónigo y dignidad de dicha colegial, estantes al presente en la villa de Madrid, especial y señaladamente para que en nuestro nombre puedan parecer y parezcan ante el señor Presidente y oidores del Real Consejo Supremo de Castilla, y ante las demás justicias que convengan, y den cuenta sobre los procedimientos, desenvolturas, desprecios de obra y de palabra (f.339v) ejecutados por don Alonso de Sotomayor y don Enemesio Diego Hurtado de Mendoza, vecinos y regidores de esta dicha ciudad de Soria, el día primero de Septiembre de este presente año hechos a nosotros el dicho deán y cabildo.
Y si sobre lo susodicho fuere necesario, puedan parecer y parezcan ante su majestad (que Dios guarde) y ante sus presidentes y oidores de sus Reales Consejos, audiencias y chancillerías; y ante ellos y cualquiera de ellos puedan dar y den las quejas por vía de querella o como haya lugar /.../ intentando contra los dichos don Alonso de Sotomayor y don Enemesio Diego Hurtado de Mendoza regidores /.../ se les castigue con el rigor de derecho...
8-11-1691 (folio 57).
El Presidente dice al cabildo que para asuntos eclesiásticos se dirijan al ordinario, y que si es de seglares lo pondrá en manos del Consejo.
Los curas del cabildo general habían presentado la queja de que les habían querido imponer un mejor lugar para un mozo de coro.
Se leyó otra [carta] de los sres chantre y Orozco, que avisan del recibo de la información; y que habiendo estado con el sr Presidente, les había dicho que si en la queja se hablaba de eclesiásticos que les diría lo que había respondido a los curas: que compareciesen ante el ordinario, que si era contra seglares la pondría en manos del Consejo, y que esto quedaba a su cargo; y que en esta suposición se podrían venir.
A [lo] que le habían respondido [que] tenían orden de no partirse sin que se viese que los curas habían partido de aquella Corte, aunque no con mucho gusto por no haber logrado el desvanecer del todo su queja.
Remitieron un tanto [copia] del memorial de los curas que en sustancia se reducía a quejarse de este cabildo, pues con mano (f.57v) poderosa les quiso poner en mejor lugar que el suyo un mozo de coro, que así llaman al maestro de capilla, y que la Ciudad conociendo la mucha razón que les asistía, habían nombrado por comisarios para lograr con este cabildo el que lo quitasen, a don Miguel de Torres y don Luis Zapata, y que nada de esto fue bastante, y que los dos regidores que culpa el cabildo no sólo no habían sido culpados, antes sí habían andado muy urbanos y atentos.
Y asimismo remitieron tanto de los memoriales que habían hecho para su majestad y ministros de la Sala de Gobierno.
Sus mercedes acordaron se les responda dando las gracias, y que prosigan sin perder tiempo.
18-11-1691 (folio 58v).
Carta del chantre y Orozco:
dando noticia cómo el Consejo había dado auto en la causa de los dos regidores que es del tenor siguiente: Remítanse los autos al corregidor de Soria para que determine conforme a derecho en cuanto a los seglares, y dé cuenta al Consejo y lo acordado
.
Asimismo enviaron un informe del abogado de lo que se debía ejecutar con el corregidor.
Y visto por sus mercedes, acordaron se vengan, y que dejen persona de satisfacción quien, si se ofreciere, haga alguna diligencia.
24-11-1691 (folio 60).
Carta del chantre y Orozco sobre lo hablado con el fiscal del Consejo. El cabildo manifiesta que sólo quiere que se sepa la verdad.
Carta del obispo mostrando su malestar por haberse llevado el caso al Consejo.
dicen han estado con el fiscal del Consejo Real, y que habiéndole suplicado escribiese al corregidor para que examinase [a] los testigos, de que se ha enviado memoria, les había respondido que ya tenía orden para examinar a los que se hallaron en el lance; y que les ofreció no se dejaría de dar satisfacción al Cabildo.
Asimismo enviaron tanto del auto dado por el Consejo que es del tenor siguiente: Estos autos y los hechos por el doctor don Mateo Moreno de Cisneros vicario y juez eclesiástico en la ciudad de Soria se remitan al corregidor de ella para que en cuanto a los regidores, y demás seglares que comprenden, o comprendieren, los sustancie y determine conforme a derecho, otorgando las apelaciones al Consejo, a quien dé cuenta de lo que ejecutare
.
Y que estos autos habían parado en poder del señor canónigo Valdesabedra, quien les había ofrecido los remitiría aquel día que se contaron 20 de este presente mes. Y que para todo lo que se ofreciese se había preparado, y se lo habían encargado a don Baltasar de San Pedro.
Y oído por sus mercedes acordaron se esté a la mira de lo que fuere ejecutando el corregidor; y que en viniendo el sr chantre se le hable de parte de este cabildo poniendo en su consideración no desea este cabildo sino que se sepa es verdad cuanto ha propuesto; y que en lo demás cederá porque no le sigue pasión de venganza.
Otrosí. Se leyó una carta del sr obispo, y en ella insinúa se halla con (f.60v) carta del Real Consejo y orden para componer la desavenencia de ambas comunidades eclesiásticas y Ciudad, y que extrañaba que habiendo expresado cuán de su agrado sería el que no se diese paso en la materia no se hubiese tenido presente su buen celo y se hubiese pasado a dar cuenta en el Consejo sobre un caso de poca monta, y que esperaba de la atención de este cabildo lo dejara estar, y pondría los medios más conducentes a la paz.
Y oído por sus mercedes, y habiendo conferenciado largamente, unánimes y conformes, se convinieron y acordaron se responda a su ilustrísima dándole a entender que esta dependencia no mira más con la Ciudad si[no] con dos regidores de ella, y que el estado en que hoy se halla será contra el punto del cabildo dejarla, por haber querido los curas influir en Madrid es falsa la queja de esta comunidad y que como se verifique y averigüe la verdad desde luego lo dejará estar.
26-11-1691 (AHM)
El obispo escribe al corregidor para que ayude a conseguir
la quietud y paz, y si conoce a quienes se dirigieron al Consejo que le informe.
Leyose en la Ciudad la carta del tenor siguiente:
De acuerdo del Real Consejo se me ha escrito ha tenido cierto informe sobre la diferencia entre el cabildo de la Colegial y el general eclesiástico y encarga mucho me interponga con V.Sª para que no tome mayor cuerpo, y deseando yo con vivas ansias la uniformidad y reconciliación de ambas comunidades, y que todos vivan en paz como antes de ahora, lo he solicitado como a V.Sª consta, de nuevo las repito y encarecidamente pido y suplico a V.Sª que ejerciendo su mucha cristiandad y piedad, se sirva de remitir cualquier exceso que hayan cometido los eclesiásticos, mirándolos con el amor que hasta aquí, de suerte que se consiga la quietud y paz, y que yo merezca este especial favor de V.Sª, de cuya grandeza lo espero, y que la interponga venciendo la mayor dificultad, y si V.Sª sabe quién ha sido el que hizo informe al Consejo y hoy hay que remediar, le suplico nuevamente? avisármelo para poner el remedio que más convenga para el servicio de Dios y bien de la república. Guarde Dios a V.Sª muchos años como puede y deseo. Burgo de Osma, noviembre, veinte y tres de mil y seiscientos y noventa y uno. B.L.M. de V.Sª, su mayor servidor, Fray Sebastián obispo de Osma. [Destinatario] Muy Noble y Leal Ciudad de Soria.
Y habiéndose conferido sobre los puntos que contiene la dicha carta, por esta Ciudad, y discurrido
los medios más proporcionados y eficaces para que se logre el fin que manifiesta su ilustrísima e insinúa de parte del Consejo, le ha parecido concurriendo con su parte, que por medio de sus comisarios se le entere a su ilustrísima del hecho verdadero y cabal de la materia de lo que pasó en el lance que motiva las diferencias presentes, poniendo en sus manos como de padre universal de unos y de otros, y de príncipe tan religioso y celoso, el ajuste de estas materias, quedando la Ciudad con la confianza que debe de que será atendida, y sus capitulares, de suerte que quede muy entera su autoridad y punto, y que las quejas de particulares que puede haber comprendido tendrán en su grande comprensión el apoyo más decente y pacífico a fin de que se logre la paz y unión que por sí desea y solicita no sólo en estas materias sino en otras que la puedan perturbar porque su intento siempre ha sido y es el de la más unida conformidad y más cristiana. De todo lo cual acordó esta Ciudad se haga expresión individual por dichos sus comisarios; y asimismo de que si su ilustrísima, como se cree, desea el más seguro éxito y logro de esta materia se le proponga que el medio más persuasivo y ejecutivo será el solicitarla por su persona o la del señor su provisor que hallándose a la vista podrá con más facilidad y seguridad elegir los medios más convenientes, y de otra suerte, y especialmente por cartas, será muy aventurado cualquier esperanza. Y para ello nombró por sus comisarios a los señores don Francisco González de Ocampo y don Luis Antonio Zapata, a los cuales se les entregue la carta de esta Ciudad referente a lo dicho, la cual ofreció el señor corregidor a escribir.
[Don Miguel de Torres y la Cerda contradice que se haga la gestión entregando la carta de forma personal, ya que el resultado sería el mismo y la Ciudad se ahorraría los gastos. El corregidor manda que se haga como está acordado]
14-12-1691 (folio 61).
Carta del obispo que dice que el conflicto surgió por la novedad de introducir en la procesión al maestro de capilla, lo que interrumpió
una función tan sagrada y a vista de todo el pueblo. El cabildo le responde con la arrogancia que viene demostrando hasta ahora.
Se leyó una carta de su ilustrísima, su fecha de 10 de éste, y en ella se hace cargo de no ser la dependencia con la Ciudad si[no] con particulares de ella, y que este cabildo quiere dar a entender estar agraviados de ellos, y que aunque no alababa las voces, había de hacerse cargo este cabildo del motivo que dio con la novedad que quiso introducir, y que todas palabras nacidas deberse [a] interrumpir una función tan sagrada y a vista de todo el pueblo; que estimaría depusiese su enojo, y que esto mismo deseaba el Consejo Real de Castilla, y que atienda a las palabras del profeta Joel en el capítulo 2º Inter vestibulum et altare plorabunt sacerdotes ministri Domini, Et dicent: parce, Domine, parce, populo tuo
(*), que esto era lo que deben hacer los sacerdotes y (f.61v) no exagerar criminalidades, y que se sirviese con toda brevedad de avisar la última resolución.
Y oída por sus mercedes, acordaron se responda a su ilustrísima cuán amantes han sido de la paz, y que en esta dependencia no les sigue odio ni rencor alguno, el que/cual se experimenta el estar todos los capitulares de este cabildo hablando a cada paso con los dos regidores, y que como tienen insinuado desean se sepa la verdad de lo sucedido, y cuando el maestro de capilla no debiera ir en la procesión que sí debía, como consta lo han ido todos sus antepasados, qué conexión tenían los regidores en dependencias de eclesiásticos; y que si en esto no se tomaba la mano, se la tomarían ellos en adelante.
Y que si su ilustrísima quiere, puede ver lo que el mismo profeta prosigue en el capítulo ya citado: Et ne des haereditatem tuam in opprobium. Ut dominentur eis nationes
(**); y que espera de los favores que siempre habían debido a su ilustrísima no habían de dar lugar a que quedasen vanagloriosos de lo que ejecutaron.
(*) (**) Traducción de la Biblia de Jerusalén.- La primera parte es la cita del obispo; la segunda es la respuesta del cabildo de San Pedro continuando el texto de Joel, 2-17
(*) Entre el vestíbulo y el altar lloren los sacerdotes, ministros de Yahveh y digan: "¡Perdona, Yahveh a tu pueblo, (**) y no entregues tu heredad al oprobio, a la irrisión de las naciones!
30-12-1691 (folio 62).
Carta del obispo fechada el 22-12-1691, exhortando a la paz,
y siendo necesario lo mandaba. El cabildo le reprocha no haberse puesto de su lado al principio.
y su contenido decía cómo tres veces había escrito a este cabildo exhortándolo a la paz, y que así por escrito como por palabra se había hecho poco aprecio, y se procedía con mucho .?. y que no se quería hacer cargo de haberse originado todo de una acción inconsiderada de haber puesto un mozo constituido de maestro de capilla que ni es de orden sacro, ni capellán, ni racionero, ni prebendado de esta Colegial, que fue en el hecho provocación, y que debiera correr y más pasar de ello que queja de los dos caballeros.
Y que él decía que el agravio personal se percibía, pero que del de la comunidad se pida satisfacción era escusa pretextada quejarse de todos, y principalmente del sr maestrescuela ante quien se hizo la información; y que bastante satisfacción era la de haberles puesto presos el corregidor, y no era bastante el decir se había dado cuenta al Consejo (f.62v) cuando le constaba que si hubieran hallado pecado no la hubiera desestimado como lo ha hecho, y en todo caso los exhortaba a la paz, y siendo necesario lo mandaba.
Sus mercedes habiéndola oído y conferenciado largamente acordaron se responda a su ilustrísima con toda resignación como se ha hecho siempre, y que tenga por bien de dar lugar a que determine el corregidor según lo que hallare escrito, que tiene por cierto se sabrá la verdad, y si ésta desde el principio se hubiera dicho al Consejo hubiera apreciado más la queja de este cabildo, y que a los principios se pudo con facilidad remediar, pero hoy no mira como tienen insinuado a su ilustrísima si no es a que siga el mundo, y el Consejo Real conozca que cuanto pusieron en el memorial es la verdad.
12-1-1692 (folio 64v).
El cabildo vuelve a leer la carta del obispo, pero exige una satisfacción de los regidores, y recrimina al obispo no haberles apoyado al inicio del conflicto.
habiendo vuelto a leer la carta del señor obispo en que pide la paz con los regidores, acordaron se responda cuán amante es este cabildo de ella, pero que le parece en las mismas circunstancias presentes muy de su punto el que den alguna satisfacción, que se hubiera remediado si a los principios, cuando fueron los comisarios de este cabildo su ilustrísima lo hubiera remediado tomando de ella la mano.
Que los sres Chantre y Ortiz, estén con el corregidor y le pidan determine esta causa.
23-2-1692 (folio 66).
El obispo inicia
información secreta sobre los capitulares del cabildo.
el sr deán dijo a sus mercedes tenía entendido que don Blas de Medrano, cura de Sotillo, se hallaba por juez con un notario, de orden de su ilustrísima, haciendo información secreta contra algunos capitulares, o todos los de este cabildo, originado de no haber condescendido con su voluntad; que sus mercedes viesen qué se debía ejecutar.
Y oído por dichos señores, habiendo conferenciado largamente, y conociendo es cierto lo que dicho sr deán ha propuesto y que su ilustrísima tira a mortificarlos, y que será influjo del corregidor y capitulares de la Ciudad, para que por este medio cedan; acordaron unánimes y conformes que si llegase el caso de llamar el sr obispo alguno o algunos capitulares y por este motivo les hiciese causa, que el cabildo de manera común les asista, y si fuere necesario se enviará un sr capitular al sr nuncio para que los defienda.
3-3-1692 (folio 66v).
Se notifica al deán, prior y maestrescuela que deben presentarse en El Burgo.
los señores deán, prior y maestrescuela dijeron cómo don Blas de Medrano los había dejado notificado un auto para que dentro de un breve término compareciesen en El Burgo, y qué se temían si iban sus mercedes y que su ilustrísima dicho día vaya llamando los demás.
Y oído por sus mercedes, y conferenciado, y en la consideración que en los señores capitulares el sr obispo no hallará delitos que castigar, y que esto sólo es ad terrorem y que no es tiempo de darse a éste; y que al principio que lo pusieron en manos de su ilustrísima y lo pudo remediar y lo despreció, que no es culpa suya, el mirar por el punto de la iglesia cuando la consideran tan ultrajada por haberse hecho esta materia tan ruidosa; y pues hasta aquí habían sido los que más tesón habían mostrado, que lo llevasen adelante, y que luego que llegasen avisasen de lo que les fuese sucediendo para tomar el temperamento más conveniente; y que antes de partir llevasen forma del abogado de este cabildo para lo que habían de ejecutar; y que el sr magistral o su hermano escriban a don Juan de la Torre para que les asista con lo que hayan menester.
20-3-1692 (folio 67).
El deán, prior y maestrescuela están
detenidos. Se notifica el malestar del obispo con el cabildo de la colegial:
Se abrió una carta de los sres deán, prior y maestrescuela, y en ella dicen no han logrado entrar a besar las manos a su ilustrísima, y que han sabido se halla muy sentido de este cabildo por no haber puesto en sus manos la dependencia de don Alonso Sotomayor y don Diego Enemesio, y sobre todo, de los textos de escritura que se han puesto en las respuestas a sus cartas; y que les parecía conveniente el que este cabildo le escribiese poniéndolo todo en sus manos, y excusándose de no haberlo hecho antes; y que esta carta la llevasen los sres tesorero y Torre, quienes serían más bien recibidos.
Y oído por sus mercedes acordaron que dichos sres tesorero y canónigo Torre vayan al Burgo [con] carta suya para su ilustrísima, y le den a entender ha sido siempre su ánimo darle gusto en todo; y que en las circunstancias presentes, respecto de no haber su ilustrísima, a los principios, hecho caso, ni tomado la mano en esta dependencia, y habiéndose hecho tan ruidosa, por haber dado cuenta a su majestad y su Presidente por sus comisarios para que conste fue verdadera la relación de su queja en los procedimientos de los dos regidores, les ha parecido por su punto [que] el corregidor concluya en la averiguación de ella, que cuando llegase el caso de querer castigarlos, que nunca se han persuadido a que les cortaran brazo ni pierna, interponerse y apartarse de cualquiera demanda; y esto todo para conocimiento suyo y de otros en adelante; pero hoy, a vista de que el corregidor (f.67v) no hacía nada contra ellos, y que su ilustrísima procedía contra los capitulares de este cabildo, estaban tan ufanos que todo era risa en El Collado todo lo que propusiesen al sr obispo, y que dispusiese [en] esta materia mirando por el punto de esta comunidad.
26-3-1692 (folio 67v).
Nuevas noticias sobre la indignación del obispo con los miembros del cabildo de San Pedro. Se acuerda acudir al nuncio para que le inhiba del conocimiento del asunto.
Los sres tesorero y canónigo Torre dijeron habían estado en la villa de El Burgo, y habían visto a los sres deán, prior y maestrescuela, y que así sus mercedes como otros sres capitulares de aquella santa iglesia que los habían favorecido, les habían aconsejado no fuesen a ver al sr obispo porque les parecía se habían de exponer a un desaire, que hoy su ilustrísima se hallaba sumamente indignado, y que el prior de Osma, el maestrescuela don Atanasio? les había ofrecido harían los buenos oficios que pudiesen con el sr obispo cuando hallasen ocasión, que ellos se la buscarían; que aquellos sres quedaban afligidos. Y en esta atención sus mercedes viesen lo que se había de ejecutar.
Y oído por dichos sres, después de larga conferenciación acordaron se escriba [a] aquellos señores capitulares de El Burgo dándoles las gracias. Y suplicaron al sr chantre se sirva de ir a Madrid con poder de los sres deán, prior y maestrescuela, y comparecer ante el señor nuncio y pedir (f.68) que por vía de exceso inhiba del conocimiento de esta causa al señor obispo, u otro cualquiera que sus veces (sic) tenga; y que se le escriba de su parte a dicho señor, y que se valga de todos cuantos medios hallare conducentes, y que de paso consuele [a] aquellos señores y que estén firmes y consolados, pues no se hallan en ninguna prisión; y cuando esto fuese así es primero el punto de la comunidad; y que pues hasta aquí han mostrado tanto tesón, y el sr prior era quien primero que (sic) todos decía para esta ocasión son los cálices, no quieran como niños de escuela amedrantarse (sic) a las primeras amenazas, que tengan por cierto no se negará este cabildo [a] asistirlos en cuanto pudiere.
Y que dicho señor [chantre] pida el dinero que hubiere menester para el viaje de casa de don Manuel Martínez, y que se le asistirá con lo necesario. Y el dicho señor lo admitió.
18-4-1692 (folio 68).
Noticias desde Madrid y El Burgo.
se leyó una carta del sr chantre escrita desde Madrid en que dice ha[ce] las diligencias posibles para lograr el alivio de los sres (f.68v) capitulares que están presos, y aunque ha conocido [que] ha influido su ilustrísima con cartas, espera tener en breve buen suceso.
Leyose otra de los sres de El Burgo pidiendo se les avise si comparecerán o no con petición.
Acordaron sus mercedes que el sr maestrescuela coadjutor les avise lo que deban ejecutar, y que de ello no excedan; y se les remita la carta del sr chantre para que vean no se omite diligencia alguna.
Y que al sr chantre se le escriba no deje esta dependencia; y que compre tafetán doble blanco para un palio, y cuadernos de Santos Nuevos.
2-5-1692 (folio 69).
El nuncio dice al obispo de Osma se inhiba del conocimiento del caso.
se leyó una carta del sr chantre en que dice ha remitido a los sres deán, prior y maestrescuela despacho del sr nuncio, para que se le notifiquen al sr obispo o su provisor se inhiban del conocimiento.
Y sus mercedes acordaron que el sr canónigo Ortiz vaya al Burgo y vea [a] aquellos señores y discurran la forma para que se notifique /... y desde allí pase a Roa para efecto de unos arrendamientos .../
2-5-1692 (PN-3112-5317-214).
Versión del obispo y carta de poder para pedir al nuncio le restituya la causa.
Don fray Sebastián de Arévalo y Torres, por la gracia de Dios y de la santa iglesia romana obispo de Osma, del Consejo de su majestad.
Por cuanto habiéndosenos dado noticia que el día primero de septiembre del año próximo pasado de mil seiscientos y noventa y uno, se había de ir en procesión por el deán y cabildo de la colegial de la ciudad de Soria, y el general de Curas y beneficiados [de] la ciudad, y sus capitulares, religiones y, confradías de dicha ciudad para efecto de traer a la dicha Colegial el cuerpo del Glorioso San Saturio Patrón de dicha ciudad, estando ya juntos para dicho efecto con gran concurso de todo el pueblo, y habiendo salido ya dicha procesión de la dicha Colegial, con Cruz, preste y en forma, dichos deán y cabildo, de caso pensado y en desprecio y desestimación de dichos curas y beneficiados, introdujeron en dicha procesión a un mozo que no tiene beneficio ni capellanía ni está ordenado de orden sacro, con título de maestro de Capilla le incorporaron en la dicha procesión y en lugar precedente a los dichos curas y beneficiados, por quienes se le dijo pasase adelante con los demás músicos por no tocarle aquel lugar, y los dichos deán y cabildo, menospreciando a dichos curas y con irreverencia a la sagrada función a que se iba, prorrumpieron con furia y enojo contra dichos curas y beneficiados, provocándoles con razones y voces descompuestas e injuriosas, manteniendo que el dicho maestro había de ir en aquel lugar. Y dichos curas por evitar mayores inconvenientes se salieron de la procesión. Y reconociendo los capitulares de dicha ciudad la novedad y sin razón de dichos deán y cabildo, y el desaire que se les hacía, y a las religiones [de] dicha ciudad, envió sus comisarios por dos veces a suplicarles se quitasen, pues no era tiempo ni lugar para la controversia, y que no diesen lugar a que las religiones y comunidades desamparasen la procesión. Y dichos deán y Cabildo con mayor descompostura presistieron (sic) en su intento,
(f.214v)
y porque los capitulares de dicha ciudad dieron a entender el sentimiento debido de la desatención e irreverencia, sin otro motivo, dichos deán, prior y otros canónigos e individuos de dicho cabildo, con mayor irreverencia, dejando los lugares en que cada uno iba en dicha procesión, acometieron con furia contra dichos capitulares llevando las manos levantadas y con ánimo descubierto de maltratarles, que lo hubieran ejecutado si el corregidor de dicha ciudad no se hubiera interpuesto de por medio con sus ministros, a quien procuraron atropellar, y con efecto le quebraron la vara de Justicia que llevaba dicho corregidor, el cual porque no se conociese tomó otra de un ministro suyo, cautelando el desacato con su prudencia. Y aquietando el disturbio y pasado lo referido, por dichos deán y cabildo se enviaron capitulares a nos dar cuenta de lo sucedido, y les dimos a entender el exceso que habían cometido. Y encargamos la unión, y que como eclesiásticos y ministros de Dios se excusasen a pleitos, y estimando la advertencia se volvieron a sus casas. Y dichos deán y cabildo viendo no se les había dado lugar a vengarse, ocurrieron al Consejo a querellarse, donde no se les admitió por falta de información, con [lo] que en contravención de nuestra jurisdicción pasaron a hacerla ante el maestrescuela de dicha Colegial, no teniendo jurisdicción para ello, y ganaron orden para [que] el corregidor procediese a la averiguación; y habiendo tenido de ello noticia se les escribió por nos diversas veces pidiéndoles y encargándoles como su Prelado la paz, y no lo han querido hacer, antes con desacato e irreverencia han respondido con altivez, y prosiguen en su intento causando una total turbación de la paz. Y para castigar sus excesos les hicimos causa por auto de oficio; y recibida información sobre ello, se les mandó comparecer ante nos en esta villa del Burgo a los culpados que resultaron, que fueron D.Mateo Pérez y Martínez deán, D.Francisco Fernández de Oporto prior, y D.Mateo Moreno de Cisneros maestrescuela de dicha Colegial; y en ejecución de dicho mandato los susodichos vinieron a esta villa donde se hallan sin prisión ni carcelería
(f.215)
alguna; y en casa de prebendados de nuestra santa iglesia de Osma, y sus parientes y amigos. Y por su parte se ha pasado a dar queja ante el Ilmo. señor nuncio de estos reinos, y con siniestra y falsa relación han ganado letras para llevar la dicha causa inhibiéndonos de ella, y porque conviene al servicio de Dios sean castigados por nos semejantes excesos para evitar mayores inconvenientes, otorgamos que damos nuestro poder cumplido, el que de derecho se requiere y es necesario, a Sebastián González de Baldivieso, procurador en el tribunal de su ilustrísima dicho señor nuncio /.../ para que en nuestro nombre y en la dicha causa, parezca ante su ilustrísima dicho señor nuncio y señores del Real Consejo de Castilla, y demás jueces y justicias que convenga, y pida se nos devuelva el conocimiento de la dicha causa por tocarnos como nos toca su primera instancia /.../
Y lo otorgamos según dicho es en nuestra villa del Burgo y palacio episcopal, a dos de Mayo de mil seiscientos y noventa y dos años /.../ y yo el escribano doy fe conozco al señor otorgante, y lo firmó.
Fray Sebastián obispo de Osma - Sin derechos. Pasó ante mí, Andrés Garnica
[Noticia y transcripción facilitada por don José Vicente de Frías Balsa]
7-5-1692 (AHM).
La Ciudad acuerda escribir al obispo para que sobresea el caso.
La Ciudad acordó se escriba al ilustrísimo señor obispo de Osma para que se sirva de mandar sobreser (sic) en las diligencias que se están haciendo contra los prebendados de la colegial de San Pedro, que son notorias, pidiendo en esta razón lo que convenga para este buen logro, y se comete a los señores don Francisco González de Ocampo y don Miguel de Torres [que] escriban dicha carta como va referido y en conferencia se determinó el ayuntamiento pasado.
30-5-1692 (folio 69v).
Situación de los
detenidos.
el canónigo Ortiz hizo relación de haber estado a la ida [a] Aranda con los sres deán, prior y maestrescuela, y que les pareció convendría que dicho sr canónigo notificase el despacho del señor nuncio al escribano de Osma para que él se lo hiciese saber al sr obispo y su provisor, lo que ejecutó al día siguiente que pasó a Roa /.../ y de vuelta volvió a estar con dichos sres y los dejó buenos aunque desconsolados.
20-6-1692 (folio 70).
El deán, prior y maestrescuela están en conventos de Aranda de Duero y de La Aguilera.
se leyeron cartas de los sres deán, prior y maestrescuela; las de los sres deán y maestrescuela desde Aranda adonde se hallaban en los Conventos de Santo Domingo y San Francisco, y el sr prior desde El Aguilera, que vistas por sus mercedes tuvieron mucho que sentir por no poder remediarlos con la puntualidad que quisieran.
Acordaron se les escriba consolándolos; y que al sr chantre se le inste apriete por segundas letras del sr nuncio.
18-7-1692 (folio 70).
Los capitulares
detenidos piden beneplácito al cabildo para visitar al obispo; los de Soria responden que no lo hagan en nombre del cabildo.
Se leyó una carta de los sres deán, prior y maestrescuela, y en ella pedían el beneplácito de este cabildo para visitar a su ilustrísima.
Y sus mercedes acordaron que el sr maestrescuela les escriba, que si como particulares sintieren alguna convenencia en hacerlo, sin que sea entendido intervenir el cabildo, que lo hagan; que por la suya no la siente, si no es que se notifiquen las segundas letras del sr nuncio que ha remitido el sr chantre.
1-8-1692 (folio 71).
El obispo autoriza el retorno a Soria de los
detenidos, y que concluyan las dependencias.
Propuso el sr deán cómo su ilustrísima los había dado orden para que se viniesen a sus casas, aunque no estaba del todo agustado, y que sólo les había encargado se acabasen de concluir estas dependencias.
Acordaron sus mercedes se deje estar hasta que venga el sr chantre, a quien se enviará a llamar, y dinero para que venga.
En este cabildo vinieron por comisarios de la Ciudad don Pedro y don Joseph de Salcedo, pidiendo en su nombre, que el santo [San Saturio] se traiga el día treinta de Agosto, y que se hagan las fiestas como otros años.
Acordaron todos que se haga como la Ciudad pide.
1-8-1692 (AHM).
El obispo anuncia a la Ciudad el retorno de los
detenidos, y que ésta intervenga en poner paz entre los cabildos y particulares.
Leyose en la Ciudad una carta del ilustrísimo señor obispo de este obispado de Osma, en que dice cómo por ahora vienen a residir sus prebendas los sujetos que han estado en El Burgo en razón de lo que pasó el día primero de Septiembre del año pasado de noventa y uno; y que espera que la Ciudad se interpondrá a la paz entre los cabildos y demás personas que convenga. Y acordó que los señores don Francisco González de Ocampo y don Luis Zapata respondan lo que llevan entendido.
11-8-1692 (folio 71v).
El cabildo colegial deja
todo en manos del obispo.
El sr deán dijo [que] los había suplicado se juntasen para que respecto de haber venido el sr chantre, sus mercedes acabasen de resolver si se había de condescender con la voluntad del sr obispo, quien se lo había encargado mucho, así a su merced, como a los sres prior y maestrescuela.
Y habiéndose conferenciado, y visto que los sres deán, prior y maestrescuela se habían declarado con el sr obispo, les pareció y se convinieron en que se escriba al sr obispo dejándolo en todo y por todo en sus manos.
12-9-1692 (folio 72).
El prior de Santo Domingo y el rector de los jesuitas piden al cabildo que nombre comisarios para verse con los que ha nombrado la Ciudad para poner fin a las desavenencias.
El sr deán dijo cómo los padres Prior de El Rosario [Santo Domingo], y rector de la Compañía [de Jesús] le habían pedido los juntase para hacer una súplica a este cabildo; y que a este efecto estaban aguardando su beneplácito.
Sus mercedes acordaron que entrasen /.../ y habiendo tomado asiento junto a los dos señores presidentes dijeron que habían estado con la Ciudad, y le habían representado cuán conveniente sería el que nombrasen sus comisarios para que juntos con los de este cabildo se viesen en la parte que mejor les pareciese, y allí quedasen con toda amistad; y que la Ciudad había venido en ello y tenía nombrados los suyos. Que la misma súplica venían a hacer a este cabildo, de quien no dudaban conseguirlo por lo inclinado que le habían visto a la paz.
Y oído por sus mercedes, unánimes y conformes convinieron se ejecute así; y dieron las gracias a los dichos religiosos. Y nombraron por su parte a los señores prior, maestrescuela, magistral y racionero don Pedro de Sotomayor.
26-9-1692 (AHM).
Leyose en la Ciudad una carta del ilustrísimo señor obispo de Osma en respuesta de otra sobre las dependencias del cabildo de San Pedro. Y acordó que el señor don Miguel de Torres responda a ella lo que le pareciere conveniente.
17-10-1692 (folio 73v).
El obispo reclama al cabildo de San Pedro las costas del pleito seguido contra sus miembros.
Leyose una carta del sr obispo en que pide pague este cabildo las costas que se han seguido en el pleito con los sres deán, prior y maestrescuela.
Dichos sres se salieron fuera, y habiendo conferenciado largamente, acordaron sus mercedes se responda a su ilustrísima cuán de susto coge a este cabildo se le pidan costas de pleito que por tal comunidad no se le ha hablado palabra, que si los sres particulares las deben que las paguen.
31-10-1692 (folio 74).
El obispo vuelve a reclamar las costas. El cabildo dice que el pleito no era con ellos sino con los particulares que estuvieron
detenidos.
Se juntaron para ver una carta del sr obispo la cual se abrió, y su contexto era en insistir en que esta comunidad pagase las costas.
Saliéronse fuera los sres deán, prior y maestrescuela. Y de la conferencia salió por mayor parte de votos se vuelva a escribir a su ilustrísima excusándose este cabildo de pagarlas por no haberse entendido el pleito con él, sí con algunos sres particulares.
El sr magistral dijo era su sentir [que] se pagasen y de no venir en ello se le diese por testimonio y se salió fuera. /...el canónigo Barnuevo contradice que se lo den por testimonio.../ y en caso de darle alguno a dicho señor magistral había de ser de todo lo obrado hasta aquí, pues fue él [el] que hizo que fuese el maestro [de capilla] en la procesión, y después ha sido quien se ha portado con más tesón.
17-12-1692 (folio 76v).
En el cabildo se vota sobre el pago de las costas; hay 6 votos a favor de pagarlas, y 7 dicen que se escriba al obispo sobre quienes fueron los culpables de que el maestro de capilla fuese en la procesión.
El sr deán propuso como bien ven, qué respuesta se ha de dar al sr obispo (f.77) que siempre insta sobre la paga de las costas. Y oído por sus mercedes acordaron se vote y se vayan escribiendo el dictamen de cada uno. Y en esta consideración dijo el sr deán que aunque conocía eran injusticia, su sentir era se pagasen, y se salió fuera. El prior, que por su parte estaba pronto a pagar lo que le tocase, y se salió fuera. El sr magistral dijo que aunque conocía era injusto, se allanaba, y lo pidió por testimonio para que no le pare perjuicio en las costas que de no venir en ello se le puedan seguir, y por sobrino del sr maestrescuela, conformándose con el estatuto también se salió fuera. Los sres chantre, tesorero, y canónigo Torre, convinieron en que se paguen las costas que su ilustrísima dijera. Los sres Jaramillo, Ortiz, Orozco, Barnuevo, Zamudio, Pérez, y Rioja, dijeron que se escriba al sr obispo haciéndole saber quiénes han tenido la culpa de todo lo pasado, y dicho señor canónigo pidió se dé por testimonio cómo el deán y sr magistral y los que se juntaron en el coro contra lo acordado por el cabildo determinaron que el maestro fuese en la procesión, que es de donde dimanaron todos los disgustos.
7-2-1693 (folio 79v).
El obispo vuelve a reclamar las costas. Que se le escriba para que indique la cantidad, que las pagarán.
Se leyó una carta de su ilustrísima volviendo a instar por las costas del pleito. Conferenciose largamente; hubo diversidad de pareceres; y por mayor parte se acordó se escriba a su ilustrísima tenga por bien de ponerlas nombre [cantidad], que sólo por dar gusto a su señoría se pagarán. Hicieron la contradicción los sres canónigo Orozco, y racioneros Sotomayor y Zamudio, y para que no les pare en tiempo alguno perjuicio pidieron se les diese testimonio.
3-4-1693 (folio 80v).
El obispo comunica el importe de las costas a pagar.
Se leyó una carta de su ilustrísima en que dice montaban las costas del pleito 812 reales y 13 maravedís; los cuales acordaron sus mercedes se pidan a don Manuel Martínez y que el sr chantre los entregue a don Juan Luis por ordenarlo así el sr obispo, y que pida recibo.
13-4-1693 (folio 81).
Para hacer el reparto de las costas
acordaron que cada uno traiga memoria de lo que ha gastado y se junte todo, y que para el día que se hayan de juntar que el sr deán dé cédula poniendo pena al que faltare.
17-7-1693 (folio 83).
Junta del cabildo para repartir los gastos originados en todo este proceso.
leyó el sr secretario la memoria de ellos y pareció haberse gastado, sin lo que gastó el sr maestrescuela por sí y de su casa, diez mil novecientos y cuarenta y cuatro reales y medio, que se habían sacado de casa de don Manuel Martínez de El Royo, en esta forma:
A los sres chantre y Orozco dos mil ochocientos y treinta rs que gastaron en Madrid.
Al sr chantre del tiempo que estuvo solo, tres mil y seiscientos.
De propios, ciento y doce.
Que los sres deán y prior sacaron de casa de don Juan de la Torre en El Burgo, tres mil quinientos y noventa.
De las costas ochocientos y doce rs y medio.
Que hacen dicha cantidad.
Y conformándose con el estatuto y para determinar, se salieron fuera los sres deán, chantre, prior, maestrescuela y Orozco.
Y habiéndose conferenciado largamente acordaron:
Que el sr maestrescuela respecto de haber gastado de su casa más de [lo] que le podía (f.83v) tocar contribuir para los demás gastos, que se le dé por libre como su merced pide.
Que a los sres chantre y canónigo Orozco se les hagan buenos los gastos que han hecho en Madrid, y asimismo a los señores deán y prior, por obviar pleitos, aunque había razones para no hacerlo, como entren a contribuir en todos los gastos según las rentas de sus prebendas y que se les baja .?. así
Se continúa al día siguiente
se ajustaron todos sus mercedes; y los sres deán y prior vinieron en lo acordado por el cabildo ayer viernes, y se convinieron en que se repartan todos los gastos según la renta que cada señor capitular tiene con sus anejos.
Éste es el final de aquel conflicto que se inició en la procesión para ir a la ermita de San Saturio el 1 de Septiembre de 1691, un comienzo de las fiestas patronales para el recuerdo.