Sobre el torreón de los Beteta

( Llamado Torre de Dª Urraca )

Los Jorge de Beteta y los Juan de Castilla y Beteta

Algunos errores de la historia divulgada

José Ignacio Esteban Jauregui

soria-goig.com
Septiembre - 2022

Sobre el torreón de los Beteta

( Llamado Torre de Dª Urraca )

Los Jorge de Beteta y los Juan de Castilla y Beteta

Algunos errores de la historia divulgada

Tan sólo buscaba una datación fiable para la muerte de don Jorge de Beteta ya que Miguel Martel, en su manuscrito "De la fundación de Soria..." (Mss-3452 de la Biblioteca Nacional de España), en el folio 99, dice que desde que murió el citado don Jorge, su último alcaide, nadie había ejercido la alcaidía.
Y resulta curioso que algo que debería haber sido tan simple como conectarse a Internet y localizar esa fecha, para la que me bastaba el año, haya sido el detonante para meterme en otro lío. Porque realmente es un lío tratar de demostrar que hay algunas cosas erróneas en lo que se cuenta sobre dicho don Jorge de Beteta y del torreón que queda de lo que fueron sus palacios, aquellos que los organismos han logrado desarraigar de la conciencia histórica capitalina denominando al espacio que ocuparon con el desdeñable nombre de traseras de la Audiencia.
Así pues, con el apreciable interés institucional de eliminar toda huella de cultura histórica del entorno en el que se ha de encajar una torre revestida de una leyenda llamada tradición, no es de extrañar que me haya encontrado con algunos datos totalmente insostenibles documentalmente.
Por tanto expondremos lo que nos consta por documentos, por si a alguien le pudiera interesar.

De la relación de parentescos que presentamos omitimos algunos, deliberadamente, por no tener relevancia para nuestra exposición, al objeto de que ésta resulte lo más clara posible; y para facilitar la identificación de cada uno de los tres personajes que se llamaron Jorge de Beteta utilizaremos el numeral (1º, 2º, 3º) que le corresponda.

No sé de dónde ha salido la información, pero la que consta en Wikipedia (3-9-2022) referente al "Palacio de los Beteta", dentro del capítulo de Historia, es la siguiente:

Habiendo muerto el último descendiente directo, don Jorge de Beteta y Castilla en Valladolid el 7 de enero de 1577, sin sucesión, dejó sus bienes a su sobrino Juan de Castilla y Beteta, que había adoptado el apellido de su madre "Castilla". Era Maestrescuela de la Colegiata y párroco del Espino. Murió el 1 de septiembre de 1589, ocho años después de haber conocido a Santa Teresa. Quedó en posesión del Mayorazgo su hermana doña Juana de Castilla, casada con Fernando de Vega, señor de Grajal, heredando después todos los bienes el segundo hijo de este matrimonio, Suero de Vega.

He elegido este texto como referente, por ser una de las primeras páginas que se reseñan cuando buscas en la web, y por aportar datos algo más amplios que en algunos otros trabajos que he visto, y por tanto ser con la que más discrepo.

A continuación incorporamos un cuadro en el que sólo se incluyen aquellas personas vinculadas con el mayorazgo de los Beteta, fundado en 1530, hasta Suero de Vega y Castilla, ya que es hasta él donde observamos nuestras discrepancias.
Salvo en el primer apellido de cada personaje, en los otros, encontramos variaciones en el orden en que se citan en algunos documentos; por tanto los que presentamos tan sólo se han de tomar como alusivos a sus padres, si bien la hija de Jorge de Beteta (2º) y María de Vinuesa, lleva el nombre y apellido de su abuela paterna Mayor de Cárdenas, apellido que no utilizan sus hijos, que ostentarán el Castilla paterno, y los Beteta y Vinuesa de sus abuelos maternos.

Para mayor claridad al exponer la información en la que nos basamos, la dividimos en las dos líneas correspondientes a los dos matrimonios de Jorge de Beteta (el 2º).

Descendencia directa del mayorazgo de los Beteta de Soria

OO Enlace matrimonial Hay documentos en los que intercambian los apellidos

( Fundadores )

Jorge Beteta (1º) OO Mayor de Cárdenas

Jorge Beteta (2º) y Cárdenas OO Juana de Castilla
Jorge Beteta (3º) CastillaCárdenas OO María Cotino (sin sucesión)
Juan BetetaCastilla y Cárdenas (maestrescuela)
Jorge Beteta (2º) y Cárdenas OO María de Vinuesa
Mayor de Cárdenas Beteta y Vinuesa OO Juan de Castilla y Mendoza
Juan Alonso de Castilla BetetaVinuesa
Juana de Castilla Beteta y Vinuesa OO Hernando de Vega
Suero de Vega y Castilla

( Se advierte que NO es una línea genealógica, sino sólo de vinculados con el mayorazgo )

La línea Beteta - Castilla

En la fundación del mayorazgo que hizo don Jorge de Beteta, el 10 de Junio de 1530, se inserta la facultad real para crearlo: (PN-187-384-438)

Don Carlos, por la divina clemencia emperador semper augusto, rey de Alemania, Doña Juana su madre y el mismo don Carlos su hijo por la gracia de Dios reyes de Castilla y León /.../
Por cuanto por parte de vos Jorge de Beteta nuestro alcaide de la fortaleza de la ciudad de Soria, y de doña Mayor de Cárdenas vuestra mujer, vecinos de la dicha ciudad de Soria, nos fue hecha relación [diciendo] que vosotros tenéis algunos bienes raíces, rentas y heredamientos, de los cuales, y de los que de aquí adelante tuviéredes, querríades hacer e instituir mayorazgo en el comendador don (f.438v) Jorge de Beteta vuestro hijo porque no tenéis otro hijo /.../
(f.442) Dada en Sevilla a 6 días del mes de Mayo de mil y quinientos y veinte y seis años. Yo el rey

En el documento por el que se instituye el citado mayorazgo el 10 de Junio de 1530, en la exposición de motivos, y posterior declaración de bienes incorporados, se dice: (f.442)

Por ende, yo el dicho Jorge de Beteta, otorgo y conozco que por razón que al tiempo que se contrajo matrimonio entre don Jorge de Beteta, mi hijo y de doña Mayor de Cárdenas mi mujer, con la señora doña Juana de Castilla ya difunta /.../ se asentó y concertó que yo hubiese de hacer e hiciese mayorazgo en el dicho don Jorge de Beteta mi hijo /.../ otorgo y conozco que (f.442v) /.../ hago mayorazgo en vos y para vos el dicho don Jorge de Beteta mi hijo de los bienes y heredamientos siguientes:
Primeramente hago el dicho mayorazgo de unas casas que yo tengo en la ciudad de Soria en la plaza, con todas las otras casas que a ellas están allegadas, que yo compré de unos judíos; las cuales han por aledaños las casas de la Justicia por la una parte, y por todas las otras calles públicas...

Además de las casas se relacionan los otros bienes que se incorporan en ese mayorazgo fundado por Jorge de Beteta (1º) en favor de su hijo Jorge de Beteta y Cárdenas (Jorge de Beteta 2º):

- El lugar de Miranda con todos los pechos, rentas y heredamientos que tiene en dicho lugar.
- Los términos de Valdelarina, Goazo y Pascual Malo.
- Término y dehesa de Coballedilla.
- Heredamientos y tierras en Valdejaeña (Valdegeña) y Aldealpozo.
- La Casa del Valle que antiguamente se decía de Valdelubia, con el término de La Teña.
- Los heredamientos en Comparacoces, Villar del Ala, Aldehuela de Alzapiedra (Azapiedra), Rebollar y Espejo.
- La aceña del Berruezo.
- Un juro [renta] perpetuo.
- El portazgo de la dicha ciudad de Soria y su Tierra con el travieso de Bemusa*. [* travesía de Vinuesa]

Entre las condiciones que han de cumplir los sucesores en el mayorazgo consta: (f.445v)

Quiero y mando que el que sucediere en el dicho mayorazgo se llame de Beteta y traiga las armas de Beteta, que son: castillo blanco en campo colorado sobre dos muelas, y por orla ocho aspas. Y si el que hubiere el dicho mayorazgo casare con mujer que tenga otro mayorazgo, traiga las armas de Beteta a la mano derecha de las de su mujer; y si fuere de tal cualidad el mayorazgo que se haya de nombrar de su apellido, o perder el dicho mayorazgo, nómbrese el sucesor de ambos nombres...

Y después de otras condiciones sobre la sucesión, se declara: (f.446v)

Los cuales bienes quiero y mando, en la forma susodicha, que los hayáis y tengáis vos el dicho don Jorge [el 2º] mi hijo por la forma susodicha, y los poseáis para en vuestra vida como señor de ellos, y llevéis los frutos y rentas de ellos.
Y después de vuestros días haya, herede y tenga los dichos bienes de suso contenidos, con los dichos vínculos, don Jorge de Beteta [el 3º], vuestro hijo mayor y de doña Juana de Castilla vuestra mujer que Dios haya, mi nieto, y los tenga y posea en su vida con los dichos vínculos.
Y después de su fin y muerte del tal vuestro hijo, que los haya y herede el su hijo mayor varón legítimo, vuestro nieto /.../ Y si (f.447) del dicho don Jorge [el 3º] no quedare hijo varón que los haya su hija mayor legítima /.../
Y si del dicho don Jorge [el 3º] mi nieto, no quedaren hijo ni hija legítimo, de legítimo matrimonio nacido, ni otro descendiente, mando que este dicho mayorazgo venga a don Juan de Beteta mi nieto, hijo de vos el dicho don Jorge [el 2º] y de la dicha doña Juana de Castilla...
Y si el dicho don Juan no dejare hijo ni hija, ni otro descendiente, los dichos bienes vengan al hijo tercero de vos el dicho don Jorge [el 2º] /.../
(f.449) ... Que es hecha y otorgada en la villa de Madrid a diez días del mes de Junio /.../ de mil y quinientos y treinta años

Así pues, parece que queda claro que Jorge de Beteta y Castilla (Jorge de Beteta el 3º) no era el último descendiente directo del fundador del mayorazgo en el que se incluyeron las casas principales (el palacio) de la Plaza Mayor, y cómo su sucesor, el maestrescuela Juan de Castilla y Beteta (o Beteta y Castilla), no era su sobrino sino su hermano.
Víctor Higes Cuevas ya publico en el año 1971, en su artículo "Los mayorazgos de los Betetas de Soria" este documento de manera bastante más extensa que el extracto que acabamos de presentar, y por tanto ya debería ser conocido.

Al maestrescuela le sucedió en el mayorazgo su hermana, pero ésta no era doña Juana de Castilla (como algunos dicen) sino doña Mayor de Cárdenas Beteta y Vinuesa (madre de esa dicha doña Juana), según se disponía en la fundación cuando dice que si no quedare hijo varón que [los bienes] los haya su hija mayor legítima; y aunque se podría argumentar que se expresa para los hijos/as del nieto del fundador (Jorge (3º)), no tendría sentido que doña Mayor, hija de Jorge (2º), quedara excluida de la sucesión, pues era tan nieta de dicho fundador como lo eran los otros dos nietos; ya que aunque tuvieron madres diferentes, tanto Jorge y Juan como Mayor fueron hijos del mismo Jorge de Beteta (2º).
Sucesión que asimismo parece comprobarse por la cabecera, final, y una cláusula del testamento del dicho don Juan de Castilla: (PN-95-212-205)

En la ciudad de Soria, a treinta y un días del mes de Agosto de mil y quinientos y ochenta y un años, en presencia de mí Diego de Luzón escribano público /.../ pareció presente el muy ilustre señor don Jhoan de Beteta y Castilla, maestrescuela de esta ciudad, y entregó a mí el dicho escribano esta escritura (f.205v) cerrada y sellada /.../ la cual dijo que era su testamento /.../

::::::

Sepan cuantos esta carta de testamento y última y postrimera voluntad vieren, cómo yo don Juan de Beteta y Castilla, capellán de su majestad y mastrescuela de la iglesia mayor de señor San Pedro de esta ciudad, hijo legítimo de los señores don Jorge de Beteta y doña Juana de Castilla su mujer, difuntos, hago y ordeno este mi testamento, última y postrimera voluntad /.../ en la forma siguiente:
Ítem, mando que así mismo se paguen de mis bienes todas las deudas líquidas y claras (f.206) que pareciere debía el señor don Jorge de Beteta de Cárdenas mi hermano /.../
Y para cumplir y ejecutar lo contenido en este mi testamento, dejo y nombro por mis albaceas y testamentarios al sucesor que fuere en esta casa y mayorazgo /.../ y a los señores Francisco de Morales y Alonso de Río regidores...

Y en cumplimiento de esa manda testamentaria se hace la comprobación de ciertas cuentas para efectuar su pago:

En la ciudad de Soria a primero día del mes de Diciembre de mil y quinientos y ochenta y un años, en presencia de mí el presente escribano y testigos, los muy ilustres señores Francisco Morales y doña Mayor de Cárdenas, vecinos de la dicha ciudad, como testamentarios que son y quedaron del señor don Juan de Castilla maestrescuela ya difunto, se juntaron [para] hacer cuenta con Alonso de Santisteban, cerero vecino de la dicha ciudad, de toda la cera que tiene dada. La cual dicha cuenta se hizo en la forma siguiente:
- Ítem. Pareció por las cuentas que el dicho Alonso de Santisteban dio y tiene dado para el cumplimiento del ánima de la señora doña María Cotino y del señor don Jorge de Beteta su marido, y de la que tiene dada para el señor don Juan de Castilla...

La línea Beteta - Vinuesa

Doña Mayor de Cárdenas Beteta y Vinuesa, viuda de don Juan de Castilla y Mendoza* declara en su testamento otorgado el 30 de Julio de 1580: (PN-187-384-430)

  * El apellido Mendoza lo tomamos de la declaración de doña Mayor: mi señora doña Catalina de Mendoza mi suegra (f.461) 

En el nombre de Dios, amén. Conocida cosa sea a todos los que la presente escritura de testamento vieren, cómo yo doña Mayor de Cárdenas, mujer que fui de don Juan de Castilla mi señor, caballero de la orden y caballería de Alcántara, vecina de esta villa de Madrid, e hija legítima de don Jorge de Beteta, mi señor, caballero asimismo de la orden y caballería del señor Santiago, y de doña María de Vinuesa, mi señora y madre su legítima mujer
(f.434v) ...el mayorazgo del dicho don Jorge de Beteta [2º], mi señor y padre, que de presente tiene y posee el señor don Juan de Castilla mi hermano, y en [el] que después de sus días ha de suceder el dicho don Alonso de Castilla mi hijo, y habiendo cómo se ha de continuar, primero en sus hijos y descendientes, y en los hijos y descendientes de doña Juana, mi hija y del dicho señor don Juan de Castilla mi señor y marido.

Al final del testamento declara doña Mayor (f.451v):

... instituyo por mis universales herederos a los dichos don Alonso de Castilla, y a la dicha doña Beatriz de Castilla, doña María y doña Juana de Cárdenas, mis hijos y del dicho don Juan de Castilla mi señor y marido...

Este testamento pudiera llamar a engaño, ya que doña Mayor de Cárdenas dice que su hijo [Juan] Alonso de Castilla será quien sucederá en el mayorazgo que poseía el maestrescuela don Juan de Castilla, como si ella quedara excluida de la posesión, pero hay que recordar que, como ya hemos expuesto anteriormente, no parece haber motivos para esa exclusión, salvo que ella pensara que podría fallecer antes que su hermano.


En el codicilo redactado el 20 de Noviembre de 1584, declara la misma doña Mayor de Cárdenas: mando que de mis bienes se den y paguen a don Juan Alonso de Castilla mi hijo y del dicho mi marido, seis mil ducados... (f.459v)
Y más adelante declara que las joyas de plata y servicio de capilla y oratorio, e imágenes y reliquias, y aderezos de oratorio /.../ que lo lleve el dicho don Juan Alonso, mi hijo y del dicho mi marido. (f.462)
Del mismo modo manda que se den de mis bienes a la dicha doña Juana de Cárdenas y Castilla, mi hija y del dicho mi marido, quince mil ducados para su casamiento o para meterse en religión.

Sirvan estos últimos apuntes para comprobar cómo existe cierta aleatoriedad tanto en el uso de los nombres como de los apellidos, lo cual puede llevar, como al parecer ha llevado en más de una ocasión, a la confusión de unos con otros.

El maestrescuela don Juan de Castilla y Beteta, que adoptó el apellido de su madre (Juana de Castilla), hemos visto cómo él mismo en su testamento se nombra como Juan de Beteta y Castilla, alteración del orden que pudo estar motivada al suceder en el mayorazgo (el que sucediere en el dicho mayorazgo se llame de Beteta).
Por su parte a Juan Alonso de Castilla, (al que su madre Mayor de Cárdenas llama Alonso o Juan Alonso, y los escribanos nombran Juan o Juan Alonso), le corresponderían los apellidos Castilla por su padre y Cárdenas por su madre, pero al recaer en él el mayorazgo de los Beteta adopta este apellido como primero de su madre, pasando a denominarse Juan de Castilla y Beteta, nombre que identificó asimismo al maestrescuela, pero que, si he conseguido explicarme, habrá quedado claro cómo son dos personas distintas (tío el maestrescuela, y sobrino el otro).

Por lo tanto, doña Juana de Castilla y Beteta (a la que su madre llama Juana de Cárdenas y Castilla, y que alterará sus apellidos para suceder a su hermano (Juan / Juan Alonso) en sus mayorazgos), no era hermana del maestrescuela sino que eran tío y sobrina.
Y como es fácil comprender, los sobrinos del citado clérigo eran asimismo sobrinos de su hermano Jorge de Beteta (3º).

Ahora bien, ambos hijos de doña Mayor de Cárdenas Beteta y Vinuesa, adoptarán como tercer apellido este último, llamándose Juan Alonso (o Juan) y Juana de Castilla Beteta y Vinuesa.


Juana de Castilla Beteta y Vinuesa, sucesora en el mayorazgo de los Beteta, casó con Hernando de Vega y Castilla; sobre este matrimonio Ortega Gato ("Blasones y mayorazgos de Palencia", p.220) dice que tuvieron dos hijos: Juan de Vega y Castilla, y Suero de Vega y Castilla .
Sin embargo, el 1 de Febrero de 1613 don Juan de Vinuesa Barnuevo, vecino de Soria y señor de Blasconuño, declara sobre: (PN-327-619-44)

... una escritura de concordia y transacción, trueque y permuta que otorgaron el señor don Pedro de Vega, caballero del hábito de Santiago, del Consejo Real de las Órdenes, de la una parte, en nombre y como tutor que es de la persona y bienes del señor Suero de Vega y Castilla, asimismo caballero del dicho hábito de Santiago, hijo legítimo y único de los señores Hernando de Vega, caballero del dicho hábito, y doña Juana de Castilla Beteta y Vinuesa su mujer...

Mención esa de que Suero era hijo legítimo y único, que no sé si se aplicó por ser realmente así, o por haber fallecido Juan. Por tanto, tan sólo dejamos la referencia documental que me consta.

Ahora bien, el mismo Ortega Gato dice que Juana de Castilla y Beteta era señora de estas casas y de las cuatro Villas de la Merindad de Solpeña; sin embargo en ese protocolo referido de la citada escritura de trueque y permuta, se indican como bienes trocados: (f.44v)

Las tres villas que yo el dicho don Juan de Vinuesa tengo del dicho mayorazgo que fundó el dicho don Juan Alonso de Vinuesa que son en la merindad de Solpeña, en este obispado de Osma, que la una es la villa de Talveila con su jurisdicción civil y criminal alta y baja, mero mixto imperio, /.../ y las otras dos villas son Cubillo [Cubilla] y Muriel Viejo, así mismo con su jurisdicción civil y criminal alta y baja, mero mixto imperio, y rentas, según que yo el dicho don Juan de Vinuesa las tenía y poseía. De las cuales el dicho Suero de Vega goza desde primero de Julio próximo pasado [1612], conforme a la dicha escritura...

Y si bien parece que la información del estudioso palentino, en este punto, no es correcta (porque si las villas hubieran sido de doña Juana las habría heredado su hijo); la que aporta el protocolo notarial que hemos citado, resulta un tanto confusa ya que aunque Hernando de Vega fue caballero de Santiago, a su hijo Suero de Vega y Castilla se le formó expediente de ingreso en la Orden de Alcántara en Enero de 1613 (AHN-OM-Expedientillos,N.13265); constándonos que efectivamente ingreso en ella (p.e. PN-353-651-522).
¿Convendría revisar la noticia aportada sobre los hijos de Hernando de Vega y Juana de Castilla y Beteta?

Por si pudiera haber algún interesado en la evolución histórica del urbanismo e inmuebles de la capital soriana, indicamos que el referido protocolo notarial continúa:

... Y por ellas [las tres villas] el dicho señor don Pedro de Vega en nombre y como tal tutor del dicho Suero de Vega, me dio en trueque y permuta las casas principales que el dicho señor Suero de Vega tenía y poseía de los mayorazgos que fundaron los dichos Rodrigo de Vinuesa y Juan de Vinuesa (f.45) el Gotoso y doña Leonor de Río su mujer, que son en esta dicha ciudad de Soria en la plaza de Santisteban, que llaman las casas de los Vinuesa

Siendo en el solar de estas casas donde se ubica el edificio del que fuera Banco de España.

Sobre algunas fechas

En el texto que hemos tomado como referencia para hacer nuestras advertencias, se dice que Jorge de Beteta y Castilla (Jorge de Beteta el 3º) falleció en Valladolid el 7 de Enero de 1577.
No he sabido encontrar noticias que corroboren dicha información, lo cual no implica que no sea correcta, pero sí hay alguna otra digna de tomarse en consideración.

El 28 de Enero de 1577. Entre los acuerdos de la Ciudad se hace constar: Este día Francisco de Trujillo, procurador general del Común de la dicha ciudad, hizo relación en el dicho ayuntamiento diciendo que a su noticia es venido que la torre de la puente de esta ciudad, y casas de la fortaleza y reparos de ella de presente están muy mal tratados y para se hundir y caer; requiriendo al corregidor y señores del ayuntamiento que mandaran verlo por vista de ojos e instar a don Jorge de Beteta que lleva salario de su majestad como alcaide de la dicha fortaleza, castillo y torre de la dicha puente a que las repare. La Ciudad nombró comisarios para efectuar la visita y ver lo que era necesario hacer sobre ello, y ordenó que este auto de arriba se notifique al dicho don Jorge para que abra la fortaleza y se halle presente a lo susodicho; y que se lo notifique un escribano del número de esta ciudad en ausencia de escribano de ayuntamiento. (AHM)
Acuerdo que resultaría un tanto extraño si don Jorge hubiera fallecido el día 7 de ese mes de Enero, porque aunque el óbito hubiera sucedido en Valladolid, parece un poco raro que 21 días después la noticia aún no hubiera llegado a Soria, y que se hablara de él como si estuviera presente en esta capital.

Por otro lado, la villa de Almazán y su Tierra mantenía un pleito, iniciado contra don Jorge de Beteta (2º), sobre el privilegio que tenían los adnamantinos de no pagar portazgo, y que don Jorge y sus portazgueros les cobraban (el portazgo de Soria y su Tierra, y travesía de Vinuesa, era uno de los bienes incorporados en el mayorazgo de los Beteta). En la carta ejecutoria librada el 5 de Julio de 1578 a favor de la citada villa de Almazán y vecinos de su Tierra, se expresa cómo tras el fallecimiento del don Jorge con quien iniciaron el pleito, el procurador de los de dicha villa presentó en Chancillería una petición en la que decía: (RE-1372,48)

... el dicho pleito tocaba a don Jorge de Beteta, hijo del dicho don Jorge de Beteta difunto, sucesor en su casa y mayorazgo, y para que fuese sustanciado y las sentencias le parasen perjuicio, nos suplicó mandásemos dar nuestra carta de emplazamiento en forma contra el susodicho /.../
Y parece [que] fue notificada a la dicha doña María Cotino mujer del dicho don Jorge de Beteta por su ausencia...

Tras la sentencia

dada y pronunciada /.../ estando haciendo audiencia pública en la dicha villa de Valladolid, a veinte y nueve días del mes de Noviembre del año pasado de mil y quinientos y setenta y siete años, y fue notificada al dicho Diego de Cascajares como a procurador del dicho concejo, justicia y regidores de la dicha villa de Almazán y lugares de su Tierra.
Y a su pedimento se llevó la dicha sentencia signada del escribano de la causa para la notificar al dicho don Jorge de Beteta, en cuya rebeldía se había dado, la cual parece que le fue notificada en su persona

Situación muy similar es la ocurrida en el pleito que en estos años mantenía también la villa de Gómara con don Jorge de Beteta, sobre el asunto del portazgo; que no reproducimos por reiterativo, y por ser menos explícito que el comentado. (RE-1365,57)

Si a don Jorge le notificaron en su persona una sentencia en Noviembre de 1577 indica que entonces aún vivía.
Desde luego, el hecho de que se diga que la citada sentencia parece que le fue notificada en su persona, pudiera hacer dudar si realmente ocurrió así.
Si el tercer don Jorge hubiera fallecido en Valladolid en Enero, ¿por qué en Chancillería de Valladolid se dio una copia de la sentencia para notificarla a alguien que había muerto diez meses antes? Y ¿por qué si ya era difunto, el procurador de Almazán no pidió que se emplazara a la causa a su sucesor? Ya hemos visto que así lo hizo cuando murió su padre.

Ya hemos comentado que no sé de dónde procede la noticia de que el último Jorge de Beteta falleció en Valladolid el 7 de Enero de 1577, pero a la vista de lo que acabamos de exponer a mí me parece que es una fecha bastante cuestionable.

Sobre la datación de la muerte del maestrescuela don Juan de Castilla y Beteta, creo que ha quedado probado que no ocurrió en 1589 sino en 1581, y no es necesario volver a incidir en ello.



Referencias y Bibliografía

AHM - Archivo Municipal de Soria - Actas y acuerdos de Ayuntamiento de la fecha que se indica
AHN-OM - Archivo Histórico Nacional - Órdenes Militares - Número de Expediente
PN - Archivo Histórico Provincial de Soria - Protocolos Notariales, caja, volumen, folio
RE - Archivo Real Chancillería de Valladolid - Registro de Ejecutorias - Documento

Historia de Soria
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Texto y transcripciones: José Ignacio Esteban Jauregui   (Septiembre - 2022)

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